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sábado, 19 de julio de 2014

¿Perdiste los documentos de tu auto? No te preocupes, aquí te decimos qué hacer.

Existen diversos motivos por los que nuestros documentos puedan extraviarse, la mayoría de las veces incluso es ajeno a nosotros, sin embargo, nunca está de más estar informado sobre qué hacer al respecto.

En primera instancia hay que levantar un acta ante el Ministerio Público para efecto de protegerse legalmente para el caso de que alguien llegare a encontrar esa factura y llegare a hacer algún mal uso de la misma.
En cuanto a acredtiar la propiedad de un vehículo sin factura Existen varias posibilidades:
1.- Si es el primer dueño del vehículo y el mismo no tiene más de 5 años, puede acudir a la agencia automivilística vendedora y obtener una reexpedición del documento.
2.- Algunas agencias no tramitan reexpedición de facturas y sólo expiden una copia simple, en tal caso habrá que acudir a la Notaría de su confianza para que el Notario certifique que la copia coincide fielmente con su original, para lo cual el Notario deberá ir a la agencia y ver físicamente la copia que obra en los archivos de la agencia.
3.- Para el caso de que no sea el primer dueño, o bien que la agencia no permita ver sus archivos al Notario, deberá iniciarse un juicio mediante el cual deberá acreditarse fehacientemente que el vehículo es y ha sido propiedad del demandante. La copia certificada de la sentencia que concluya el procedimiento servirá como título de propiedad. ESTE ES EL TRAMITE CORRECTO QUE DEBERÍA HACERSE en estos casos.
4.- Sin embargo una última opción práctica es que acuda al Notario de su confianza con 2 testigos (que no sean parientes) y solicite una “información testimonial”, el cual es un instrumento mediante el cual el Notario recibe el dicho de los testigos quienes manifiestan que saben y les consta que el vehículo es propiedad de la persona que los presenta, el instrumento que el Notario elabora no es más que un medio de prueba para acreditar la propiedad, por lo que propiamente no es un “título de propiedad”, sin embargo, casi todas las dependencias de gobierno lo aceptan como tal, inclusive es mal llamado “factura notarial” (mal llamado, porque, como ya expliqué antes, no es un título, mucho menos una factura). Sólo he tenido noticias de algunas aseguradoras que no lo aceptan como documento que acredite la propiedad. La “Información Testimonial” es un documento personal, es decir, sólo acredita la propiedad a favor de quién la solicitó (cosa que no sucede con la sentencia citada en la solución 3, ése si es un verdadero título de propiedad), para el caso de que el vehículo se venda, el comprador deberá realizar otra información testimonial, para la cual puede relacionarse la anterior, e inclusive, puede acudir el vendedor como testigo.
5.- Una quinta posibilidad es la que disponga la ley del Estado, ya que en algunos se puede acreditar la propiedad en diversa forma de los 4 puntos aquí expuestos, para lo cual habrá que acudir a la Secretaría que regule el transporte en su localidad.

Grupo FAME


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2 comentarios:

  1. Me gustaría aprender a circular por todo el lugar en donde me estacionaré, la fuente mas interesante que podemos obtener es un manuela para saber las reglas de tránsito.

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  2. hola, tendran algun contacto para checar la copia de una factura de una jeep liberty

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